martes, 8 de marzo de 2011

Seguros de vida

¿Conoces todo acerca de los seguros de vida? ¿Estás interesado en saber más sobre este tema que puede serte de gran interés en el futuro? Sigue leyendo entonces...
Lógicamente, a la gran mayoría de las personas les preocupa lo que pasará el día que fallezcan, refiriéndonos al tema económico. Por ejemplo, cuando muere un hombre, su cónyuge o sus familiares deben correr con los gastos del entierro por ejemplo, los gastos de la vivienda, los gastos para subsistir, etc.

¿Qué es un seguro de vida exactamente? 

El seguro de vida es un contrato por el cual una de las partes (el asegurador) se obliga, mediante una prima que le abona la otra parte (el asegurado), a resarcir un daño o cumplir la prestación convenida si ocurre el evento previsto, como puede ser un accidente o un incendio, entre otras. 
El contrato de seguro puede tener por objeto toda clase de riesgos si existe interés asegurable, salvo prohibición expresa de la ley.

El Seguro de Vida actúa como resguardo frente a una posible situación de apremios económicos y el beneficiario recibirá una cantidad de dinero en caso de su fallecimiento, es decir,  mediante la firma de un contrato con la aseguradora, ésta se compromete a entregar a las personas que hayan sido designadas como beneficiarias una cantidad de dinero en el momento de su fallecimiento.

Su obligación en este contrato es el pago de las primas, en la forma estipulada de antemano. Algunas pólizas pueden beneficiar al asegurado en vida. Estas pólizas acumulan ahorros que pueden ser utilizados en el futuro como por ejemplo para complementar su jubilación.

 


Tipos de seguros de vida

-Seguros para casos de muerte:  

en estos la obligación del asegurador esta subordinada a la muerte del asegurado. A su vez pueden ser: 


Seguro de vida entera: el asegurador se obliga a satisfacer al fallecimiento del asegurado en cualquier época.

Seguro temporal: la obligación de pagar la indemnización por el asegurador solo surge cuando el asegurado fallece dentro de un determinado período.

-Seguros para caso de vida o supervivencia

la obligación del asegurador está subordinada a la supervivencia del asegurado a una determinada edad o fecha. A su vez pueden ser: 


Seguro de capital diferido: cuando el asegurador se obliga, sencillamente, a pagar determinada suma si el asegurado está vivo en una cierta fecha.

Seguro de renta: cuando el asegurador se obliga a pagar una renta en vez de un capital.

-Seguros mixtos

combinan los seguros para caso de muerte o para caso de supervivencia. A su vez pueden ser: 


Seguro mixto ordinario: el asegurador se obliga a pagar tanto si muere el asegurado o sobrevive a una determinada fecha.

Seguro a término fijo: el asegurador se obliga a pagar un capital a una fecha determinada, sea al propio asegurado, si entonces viviera, sea al beneficiario designado, pero cesando la obligación de pagar la prima si el asegurado falleciera antes de ese término.

Clasificación de los seguros de vida

1. Por su duración:

-Seguros de Vida Temporales o Seguros de Vida a Término: cubre sólo durante un determinado tiempo estipulado en la póliza. 

-Seguro de Vida Permanente o Seguro de Vida de Ahorro: cubre al asegurado durante toda su vida.

Ambos son seguros de fallecimiento, la diferencia es que el seguro permanente se paga inmediatamente después de su fallecimiento, en cambio en el Seguro Temporal se pagará si muere antes de finalizar la póliza, si sobrevive al periodo establecido, el seguro no pagará nada.

2. Por la cantidad de asegurados cubiertos por la póliza

-Seguros de Vida Individuales: cubre sólo muerte de un solo asegurado.
Son convenientes para las personas que viajan con mucha frecuencia.


-Seguros de Vida Colectivos: con una sola póliza se cubre de forma independiente a una cantidad determinada de personas.
Éstos son ideales para una familia con una hipoteca, pues puede asegurar sobre el saldo deudor el préstamo de su vivienda por ejemplo.


-Seguros de Vida de varias Cabezas: cubre a varios asegurados, pero la suma asegurada se pagará cuando fallezca el primer asegurado o el último del grupo de asegurados.
Este tipo de seguros es ideal para matrimonios, con el fin de asegurar los gastos en el caso de que falte alguno de ellos. También es ideal para socios de una empresa, para que los socios cuenten con un capital para poder comprar las acciones a los herederos del socio fallecido.
3. Por el tipo de prima contratada

-Prima Nivelada: constante durante el pago de las primas. 

-Prima de Riesgo: ésta aumenta todos los años en función a la edad del asegurado.

4. Por la forma de pago de las primas

-Seguro de Vida a término: el pago de las primas debe realizarse dentro de los plazos estipulados en la póliza y el importe a pagar no puede ser distinto al que figure en la póliza.

-Seguro de Vida con ahorro: el pago de la prima y el momento del pago puede ser distinto al que figura en la póliza. Depende de los rendimientos de inversión que obtienen la Compañía de Seguros. 


Entonces… ¿Cuál es el Seguro de Vida que más me conviene? 

Para decidir si le es necesario un Seguro de Vida, debe considerar el nº y las edades de sus hijos o personas menores de edad a cargo, las necesidades de su familia y el dinero necesario para que sobrevivan hasta resolver su nueva situación financiera. El seguro no necesariamente debe ser para toda la vida, debe revisar sus necesidades de su seguro periódicamente y si cambian sus ingresos o sus hijos se independizan puede que ya no necesite un seguro o al menos el mismo tipo de seguro.

Forma de contratar un seguro de vida

Se puede realizar el contrato a través de un intermediario o corredor de seguros, con la intervención de una compañía de seguros o una entidad bancaria.

-El corredor de seguros cobra sus honorarios de comisiones, que se descuentan de las primas en los primeros años de su póliza. 

-Los bancos o compañías de seguros: no suelen tener comisiones. Hay bancos que tienen planes de Seguros de Vida con gran versatilidad. 

También puede recurrir a los seguros a través de las empresas, son las tasas de seguros colectivos, que son más económicas y no suelen exigir control médico.

Algo importante que señalar: la prima

Es la cantidad que debe pagar el tomador del seguro, es decir, es el coste del seguro, que establece una compañía de seguros que la calcula sobre la base de las tablas de mortalidad y se rige por tarifas oficialmente aprobadas, es decir, es calculada sobre la base de cálculos actuariales y estadísticos teniendo en cuenta la frecuencia y severidad en la ocurrencia de eventos similares, la historia misma de eventos ocurridos al cliente, y excluyendo los gastos internos o externos que tenga dicha aseguradora.  Salvo pacto contrario, si no se ha pagado la prima antes de producirse el desastre o accidente, el asegurador se libera de la obligación contraída en el contrato.


Los reconocimientos médicos

Dependerá de la edad y el monto a asegurar.
A veces con contestar un cuestionario es suficiente o bien que la aseguradora exija una revisión médica. Los gastos médicos del control serán a cargo de la compañía aseguradora.
Si sólo debe llenar un cuestionario, contestará con veracidad, ya que la aseguradora verificará sus respuestas con su historial médico. Si usted miente, la aseguradora podrá negarse a pagar la indemnización correspondiente en el momento de su fallecimiento.

¿Cómo determinan el monto de la póliza?

Para establecer el monto de la renta asegurada se tiene en cuenta: 

-Los gastos fijos que el asegurado tiene que hacer frente mensualmente.

-Otras responsabilidades financieras que no estén dentro de los gastos fijos mensuales.
-Historial de crédito.

-Edad, altura, sexo y lugar de residencia.

-Examen de salud. Los fumadores por lo general pagan más por su seguro de vida.

-Respuestas a unos cuestionarios de actividades rutinarias o de ocio, que realiza normalmente el asegurado. 

En función a estos parámetros se hace un pronóstico de riesgos: por lesiones, enfermedades y muerte para determinar la prima que habrá de pagar el asegurado. 

Una vez contratado el seguro y en caso de fallecimiento, ¿quién cobrará el seguro de vida?

El asegurado nombra un beneficiario, que debe estar informado de la existencia de la póliza, si se realiza algún cambio y el lugar donde se guarda. 

La póliza será pagada si el beneficiario hace la reclamación para su cobro después del fallecimiento del asegurado. 

Conviene nombrar un beneficiario adicional, en caso de que el primer beneficiario haya fallecido antes que el asegurado.

 Para realizar el reclamo de la póliza, el beneficiario debe contactar con el seguro, con la póliza en mano. Tendrá como máximo 7 días para informar del siniestro y realizar los trámites de reclamación. 

En el caso de no figurar un beneficiario, los beneficiarios serán sus herederos legales, es decir su cónyuge, sus hijos por partes iguales, sus padres, etc. en orden de descendencia.
Los beneficiarios pueden cambiarse todas las veces que se quiera.






Fuentes:
 

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